Wearable Safety
Disposiciones legales: Código ético
Ámbito geográfico: Global
Categoría: Código
Fecha de aprobación: 9 de Octubre de 2024
Organismo de aprobación: Consejo de Administración
Versión actual: Versión 1.0.
Índice
Capítulo I. Introducción
Artículo 1 Finalidad y objetivo
Artículo 2. Ámbito de aplicación Ámbito de aplicación
Artículo 3. Interpretación e integración del Código Ético
Capítulo II. Normas generales de conducta
Artículo 4. Cumplimiento de la ley y del sistema de gobierno corporativo
Artículo 5. Conducta profesional íntegra
Artículo 6. Protección del medio ambiente Protección del medio ambiente
Artículo 7 Regalos y hospitalidad
Artículo 8. Conflictos de intereses Conflictos de intereses
Artículo 9 Información restringida y confidencial
Artículo 10. Pagos irregulares y blanqueo de capitales
Artículo 11. Recursos y medios para el desarrollo de la actividad profesional
Artículo 12. Imagen y reputación de la empresa
Capítulo III. Carrera y desarrollo profesional
Artículo 13. Principios de no discriminación e igualdad de oportunidades Principios de no discriminación e igualdad de oportunidades
Artículo 14. Conciliación de la vida familiar y laboral
Artículo 15. Derecho a la intimidad Derecho a la intimidad
Artículo 16. Salud y seguridad en el trabajo
Artículo 17. Selección y evaluación
Artículo 18. Formación
Capítulo IV. El entorno de la empresa
Artículo 19. Clientes
Artículo 20. Proveedores
Artículo 21. Competidores
Artículo 22. Empresa
Capítulo V. Disposiciones adicionales
Artículo 23. Régimen disciplinario Régimen disciplinario
Artículo 24. Actualización
Artículo 25. Aceptación
Artículo 26. Aprobación
Capítulo I. Introducción
Artículo 1. Finalidad y objetivo
1.1. WERLAX INVEST, S.L. (en adelante, "Werlax"), es una empresa moderna, tecnológica e innovadora, que opera globalmente, con empleados y colaboradores de muy diversas nacionalidades. Werlax piensa a lo grande en todos los sentidos y también en el sentido ético, queriendo comprometerse de forma consciente, proactiva y madura con la mejora del planeta y de la vida de las personas y, por supuesto, con el respeto a los derechos humanos y las libertades públicas.
1.2. De acuerdo con las disposiciones de Werlax, un objetivo principal es que su conducta y la de todas las personas vinculadas a la empresa, más allá de la legislación vigente y de su sistema de gobierno corporativo, responda y se ajuste a los principios éticos y de responsabilidad social generalmente aceptados.
1.3. El presente Código Ético refleja el compromiso de Werlax con los principios de ética empresarial y transparencia en todos sus ámbitos de actuación, estableciendo un conjunto de principios y pautas de conducta dirigidos a garantizar el comportamiento ético y responsable de todos los empleados y colaboradores de la empresa en el desarrollo de su actividad.
1.4. El Código Ético forma parte del sistema de gobierno corporativo de la empresa y es plenamente respetuoso con los principios de organización empresarial establecidos en el mismo. Asimismo, responde a las nuevas obligaciones de prevención penal impuestas en el ámbito de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
1.5. El Código Ético también constituye una guía de actuación para asegurar el comportamiento adecuado de sus empleados y colaboradores, definiendo la visión, valores y principios de Werlax.
Artículo 2. Ámbito de aplicación Ámbito de aplicación
2.1. Los principios y directrices de conducta contenidos en el Código Ético son de obligado cumplimiento para todos los empleados de Werlax, independientemente de su nivel jerárquico, de su ubicación geográfica o funcional y de la empresa del grupo para la que presten sus servicios.
2.2. Werlax se esforzará, en la medida de lo razonablemente posible, por garantizar que sus empleados acaten este Código Ético en sus relaciones con Werlax o cumplan una norma ética comparable.
2.3. A los efectos del presente Código Ético, se consideran empleados de Werlax los administradores, directivos y empleados de todas las empresas del Grupo, así como aquellas otras personas cuya actividad esté expresamente sujeta al Código Ético.
2.4. A los efectos del presente Código Ético, tendrán la consideración de colaboradores de Werlax sus socios o accionistas, proveedores y clientes y cualesquiera otras personas o empresas con las que Werlax mantenga relaciones estratégicas, empresariales, comerciales o jurídicas.
2.5. El cumplimiento del Código Ético se entiende sin perjuicio del estricto cumplimiento del sistema de gobierno corporativo que la empresa tiene implantado internamente.
Artículo 3. Interpretación e integración del Código Ético
3.1. El Código Ético, por su naturaleza, no abarca todas las situaciones posibles, sino que establece criterios generales para orientar la conducta de los empleados de Werlax y, en su caso, resolver las dudas que puedan surgir en el desarrollo de su actividad laboral.
3.2. Cualquier duda que los empleados puedan tener sobre la interpretación del Código Ético debe ser remitida a su superior inmediato.
Capítulo II. Normas generales de conducta
Artículo 4. Cumplimiento de la ley y del sistema de gobierno corporativo
4.1. Los empleados de Werlax cumplirán estrictamente la legalidad vigente en el desarrollo de su actividad, de acuerdo con el espíritu y finalidad de las normas, y observarán lo dispuesto en el Código Ético y en los procedimientos básicos que regulan la actividad de la empresa. Asimismo, respetarán íntegramente las obligaciones y compromisos asumidos en sus relaciones contractuales con terceros.
4.2. La dirección de la empresa debe ser especialmente consciente de las leyes y reglamentos, incluidos los reglamentos internos, que afectan a sus respectivas áreas de actividad y debe asegurarse de que los empleados que dependen de ella reciben la información y formación adecuadas que les permitan comprender y cumplir las obligaciones legales y reglamentarias aplicables a su función laboral.
4.3. Aunque las normas legales de un determinado país, región o localidad en el que los empleados de Werlax deban trabajar o prestar servicios sean inferiores a las establecidas en el presente Código de Conducta, la obligación de cumplir el presente Código de Conducta prevalecerá y constituirá una "norma mínima obligatoria" para todos los empleados.
4.4. Werlax respetará y acatará las resoluciones judiciales o administrativas que se dicten, pero se reserva el derecho de recurrirlas, ante cuantas instancias proceda cuando entienda que no son conformes a derecho y contravengan sus intereses.
4.5. Werlax está comprometida y obligada por los derechos humanos y laborales reconocidos en la legislación nacional e internacional, así como por los principios rectores en los que se basan estas normas.
4.6. Ante cualquier situación de falta de respeto a la ley, los derechos humanos o los valores éticos, los empleados deben informar a la empresa.
Artículo 5. Conducta profesional íntegra
5.1. Los criterios rectores de la conducta de los empleados de la empresa serán la diligencia, la integridad y el respeto:
a) Diligencia es actuar con responsabilidad, conocimiento, eficiencia, profesionalidad y orientación a la excelencia y la calidad.
b) Integridad es actuar con lealtad, honradez, honestidad, objetividad y en consonancia con los intereses de la sociedad y con sus principios y valores expresados en el Código Ético.
c) Respetar implica tener una mente abierta y una actitud flexible y empática, no juzgar ni discriminar a nadie por sus ideas o creencias, raza, religión, sexo, características físicas o imagen. Respetar es ser proactivo y tratar de mantener relaciones cordiales entre los empleados que creen un entorno de trabajo de calidad, agradable, sano y seguro.
Artículo 6. Protección del medio ambiente
6.1. Werlax desarrolla sus actividades con respeto al medio ambiente, cumpliendo o superando los estándares establecidos en la normativa medioambiental aplicable y minimizando el impacto de sus actividades sobre el medio ambiente.
6.2. Werlax quiere contribuir desde su posición a la mejora medioambiental del planeta y en su actividad innovadora, así como en su toma de decisiones y en la ejecución de sus proyectos y obras, este principio y valor estarán siempre presentes.
Artículo 7. Regalos y obsequios
7.1. Los empleados de Werlax no podrán dar ni aceptar regalos u obsequios en el ejercicio de sus funciones. Excepcionalmente, se permitirá la entrega y aceptación de regalos u obsequios cuando concurran simultáneamente las siguientes circunstancias:
(a) tienen un valor económico irrelevante o simbólico;
(b) son el resultado de la cortesía o la cortesía comercial habitual;
(c) no estén prohibidas por la ley o las prácticas comerciales generalmente aceptadas.
7.2. Los empleados no podrán, directamente o por persona interpuesta, ofrecer o conceder o solicitar o aceptar ventajas o beneficios injustificados destinados a obtener un beneficio, presente o futuro, para la empresa, para sí mismos o para un tercero.
7.3. No se podrá recibir dinero personalmente de clientes o proveedores, ni siquiera en forma de préstamo o anticipo.
7.4. Los empleados no pueden dar ni aceptar atenciones que influyan, puedan influir o pueda interpretarse que influyen en la toma de decisiones.
Artículo 8. Conflictos de intereses
8.1. Se considerará que existe conflicto de intereses en todos aquellos casos en los que así lo considere la legislación vigente. Asimismo, a los efectos del presente Código Ético, se considerará que existe conflicto de intereses en aquellas situaciones en las que entren en colisión, directa o indirectamente, el interés personal del empleado y el interés de Werlax. Existe interés personal del empleado cuando el asunto le afecta a él o a una persona (física o jurídica) vinculada a él.
8.2. Se considerarán personas vinculadas al trabajador las siguientes
a) El cónyuge del trabajador de la empresa o persona con análoga relación de afectividad.
b) Ascendientes, descendientes y hermanos del trabajador o de su cónyuge (o persona con análoga relación de afectividad).
c) Los cónyuges de los ascendientes, descendientes y hermanos del trabajador.
d) Entidades en las que el empleado o personas vinculadas a él, personalmente o por persona interpuesta, estén en condiciones de ejercer control o poder de decisión o en las que tengan un interés económico (con excepción de las participaciones minoritarias en sociedades cotizadas).
e) Sociedades o entidades en las que el trabajador, o cualquiera de las personas vinculadas a él, por sí o por persona interpuesta, desempeñe un puesto de administración o dirección o de las que perciba emolumentos por cualquier concepto.
8.3. En relación con los posibles conflictos de intereses, los empleados de Werlax observarán los siguientes principios generales de conducta:
a) Independencia: actuar en todo momento de forma ejemplar y leal e independientemente de intereses propios o de terceros. En consecuencia, se abstendrán en todo momento de anteponer sus propios intereses a los de la sociedad.
b) Abstención: abstenerse de intervenir o influir en la toma de decisiones que puedan afectar a las entidades de la sociedad con las que exista conflicto de interés, de participar en las reuniones en las que se planteen dichas decisiones y de acceder a información confidencial que afecte a dicho conflicto.
c) Divulgación: Informar de los conflictos de intereses en los que estén implicados. A tal efecto, la existencia o posible existencia de un conflicto de intereses deberá ser comunicada por escrito al superior jerárquico inmediato y a la dirección responsable de la función de recursos humanos. Una vez recibida la comunicación, la dirección responsable de la función de recursos humanos determinará si existe o no el conflicto de intereses, quien en caso de duda podrá ponerse en contacto con la dirección de Werlax.
8.4. En la comunicación, el trabajador deberá indicar:
- Si el conflicto de intereses le afecta personalmente o a través de una persona relacionada con él, identificando a dicha persona si procede.
- La situación que da lugar al conflicto de intereses, detallando, en su caso, el objeto y las principales condiciones de la transacción o decisión propuesta.
- El importe aproximado o la evaluación económica.
- El departamento o la persona de la empresa con la que se han iniciado los contactos pertinentes.
8.5. Estos principios generales de conducta se utilizarán en particular en aquellos casos en los que la situación de conflicto de intereses sea, o pueda esperarse razonablemente que sea, de tal naturaleza que constituya una situación de conflicto de intereses estructural y permanente entre el empleado, o una persona relacionada con el empleado, y cualquiera de las empresas de la compañía.
8.6. En caso de que se determine la existencia de un conflicto de intereses, tras seguir los procesos y cauces mencionados en los párrafos anteriores, sólo el Consejo de Administración podrá autorizar la continuación o el inicio de una actividad a pesar de la existencia de dicho conflicto de intereses.
Artículo 9 Información restringida y confidencial
9.1. Siendo Werlax una empresa tecnológica e innovadora, el secreto y la protección de las ideas y know-how, así como de cualquier obra o invención susceptible de ser protegida como propiedad intelectual o industrial, es de gran importancia.
9.2. La información no pública propiedad de Werlax tendrá, con carácter general, la consideración de información reservada y confidencial, y estará sujeta a secreto profesional o empresarial, no pudiendo ser divulgado su contenido a terceros, salvo autorización expresa del órgano competente de la sociedad en cada caso o salvo requerimiento legal, judicial o de autoridad administrativa.
9.3. Asimismo, si Werlax colabora en proyectos con terceros, tales como universidades o centros tecnológicos u otras empresas tecnológicas o con personas externas y normalmente esta colaboración debe realizarse dentro de un marco de secreto y confidencialidad; la Empresa puede incurrir en graves responsabilidades si no cumple con esta obligación. La garantía de la seguridad del secreto y confidencialidad es esencial para contar con la confianza de terceros colaboradores.
9.4. Es responsabilidad de la Empresa y de todos sus empleados proporcionar los recursos y medios de seguridad suficientes y aplicar los procedimientos establecidos para proteger la información confidencial y reservada registrada en soportes físicos o electrónicos frente a cualquier riesgo interno o externo de acceso no consentido, manipulación o destrucción, ya sea intencionada o accidental. A tal fin, los empleados mantendrán la confidencialidad del contenido de su trabajo en sus relaciones con terceros.
9.5. La divulgación de información confidencial y reservada y el uso de información confidencial y reservada con fines privados contraviene el presente Código Ético.
9.6. Todos los indicios razonables de filtración de información confidencial y reservada y de uso privado de la misma deberán ser comunicados por quienes tengan conocimiento de ellos a su superior inmediato o, si las circunstancias lo requieren, a la dirección responsable de la función de recursos humanos.
9.7. En caso de extinción de la relación laboral o profesional, la información reservada y confidencial será devuelta por el trabajador a la Empresa, incluidos los documentos y soportes o dispositivos de almacenamiento, así como la información almacenada en su terminal informático, subsistiendo en todo caso el deber de confidencialidad del trabajador.
Artículo 10. Pagos irregulares y blanqueo de capitales
10.1. Werlax establece políticas para prevenir y evitar en el curso de sus operaciones la realización de pagos irregulares o blanqueo de capitales procedentes de actividades ilícitas o delictivas. Las citadas políticas establecen controles específicos sobre aquellas transacciones económicas, tanto cobros como pagos, de naturaleza o cuantía inusual realizadas en efectivo o con cheques al portador, así como sobre todos aquellos pagos realizados a entidades con cuentas bancarias abiertas en paraísos fiscales.
Artículo 11. Recursos y medios para el desarrollo de la actividad profesional
11.1. Werlax se compromete a poner a disposición de sus empleados los recursos y medios necesarios y adecuados para el desarrollo de su actividad laboral y para el correcto cumplimiento de este Código y sus normas de desarrollo (políticas, normas y procedimientos).
11.2. Sin perjuicio del obligado cumplimiento de las normas y procedimientos específicos de la empresa en materia de recursos y medios, los empleados se comprometen a hacer un uso responsable de los recursos y medios puestos a su disposición, utilizándolos exclusivamente para actividades laborales en interés de la empresa, de forma que dichos recursos y medios no serán utilizados o aplicados para fines privados. Los empleados evitarán cualquier práctica, especialmente actividades superfluas y gastos que disminuyan la creación de valor.
11.3 Werlax es titular de la propiedad y de los derechos de uso y explotación de los programas y sistemas informáticos, equipos, manuales, vídeos, proyectos, estudios, informes y demás obras y derechos creados, inventados, desarrollados, perfeccionados o utilizados por sus empleados, en el marco de su actividad laboral o sobre la base de las instalaciones y/o recursos informáticos de la Empresa.
11.4. Los empleados respetarán el principio de confidencialidad respecto de las características de los derechos, licencias, programas, sistemas y conocimientos tecnológicos, en general, cuya titularidad o derechos de explotación o uso correspondan a Werlax. Cualquier información o divulgación sobre los sistemas informáticos de la empresa requerirá autorización previa.
11.5. La utilización de los equipos, sistemas y programas informáticos que la empresa ponga a disposición de los trabajadores para el desarrollo de su trabajo, incluida la facilidad de acceso y funcionamiento en Internet, deberá ajustarse a criterios de seguridad y eficacia, excluyendo cualquier uso, actuación o función informática ilícita o contraria a las normas o instrucciones de Werlax.
11.6. Los empleados no explotarán, reproducirán, replicarán o transferirán sistemas y aplicaciones informáticas para fines ajenos a los mismos. Además, los empleados no instalarán ni utilizarán en los equipos informáticos proporcionados por la Empresa programas o aplicaciones cuyo uso sea ilegal o que puedan dañar los sistemas o perjudicar la imagen o los intereses de los clientes o de terceros.
11.7. Werlax se reserva el derecho a supervisar los equipos informáticos de su propiedad y a realizar comprobaciones sobre los programas instalados, contenidos, etc., así como a tener acceso a los correos electrónicos que utilicen el nombre de dominio de la Empresa (@clyype.com) y a su contenido. La Empresa desarrollará este derecho mediante normativa interna e informará debidamente a los empleados. En todo caso, este derecho se ejercerá siempre con el máximo respeto a la normativa y jurisprudencia laboral vigente en cada momento.
Artículo 12. Imagen y reputación de la empresa
12.1. Todos los empleados y directivos de Werlax deben poner el máximo cuidado en preservar la buena imagen y reputación de la Empresa en todas sus actividades laborales y profesionales.
Capítulo III. Carrera y desarrollo profesional
Artículo 13. Principios de no discriminación e igualdad de oportunidades Principios de no discriminación e igualdad de oportunidades
13.1 Werlax promueve la no discriminación por motivos de raza, color, nacionalidad, origen social, edad, sexo, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social de sus empleados, así como la igualdad de oportunidades entre ellos.
13.2. En particular, se promoverá la igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, la formación, la promoción y las condiciones de trabajo, así como al acceso a bienes y servicios y su suministro.
13.3. La selección y promoción de los empleados se basa en las competencias, el desempeño de las funciones profesionales y los criterios de mérito y capacidad definidos en los requisitos del puesto.
13.4. Werlax rechaza cualquier manifestación de violencia, acoso físico, sexual, psicológico o moral, abuso de autoridad en el trabajo y cualquier otra conducta que genere un entorno intimidatorio u ofensivo para los derechos personales de sus empleados.
Artículo 14. Conciliación de la vida familiar y laboral
14.1. Werlax respeta la vida personal y familiar de sus empleados y promoverá programas de conciliación que faciliten el mejor equilibrio entre su vida personal y familiar y sus responsabilidades laborales.
Artículo 15. Derecho a la intimidad Derecho a la intimidad
15.1. Werlax respeta el derecho a la intimidad de sus empleados, en todas sus manifestaciones, y especialmente en lo que se refiere a los datos personales, médicos y económicos.
15.2. Los empleados se comprometen a hacer un uso responsable de los medios de comunicación, sistemas informáticos y, en general, de cualquier otro medio que la empresa ponga a su disposición de acuerdo con las políticas y criterios establecidos al efecto. Dichos medios no se facilitan para uso personal y, por tanto, no son aptos para la comunicación privada. En este sentido, no generan expectativa de privacidad en el caso de que deban ser supervisados por la Empresa en el ejercicio proporcionado de sus deberes y derechos de control.
15.3 Werlax se compromete a no divulgar los datos personales de sus empleados, salvo con el consentimiento de los interesados y en los casos de obligación legal o en cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas. En ningún caso se podrán tratar los datos personales de los empleados para fines distintos de los legal o contractualmente previstos.
15.4. Los empleados que en el curso de su trabajo tengan acceso a los datos personales de otros empleados de la Empresa se comprometerán por escrito a mantener la confidencialidad de dichos datos.
15.5. Werlax se asegurará de que los departamentos u organismos pertinentes a tal efecto cumplan los requisitos de la legislación sobre protección de datos personales en relación con las comunicaciones que les envíen los empleados de conformidad con las disposiciones del Código Ético.
15.6. Werlax, tanto en sus relaciones con sus empleados y colaboradores, como en el desarrollo de su actividad en general, cumple y cumplirá las normas europeas de protección de datos de carácter personal, contenidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento y a la libre circulación de datos personales.
Artículo 16. Salud y seguridad en el trabajo
16.1. Werlax proporcionará a sus empleados los recursos y conocimientos necesarios para que puedan desempeñar sus funciones de forma segura y en un entorno saludable. Además, promoverá un programa de seguridad y salud en el trabajo y adoptará las medidas preventivas establecidas al respecto en la legislación vigente y las que puedan establecerse en el futuro.
16.2. Los empleados de la Empresa observarán con especial atención las normas relativas a la salud y seguridad en el trabajo, con el fin de prevenir y minimizar los riesgos laborales.
16.3. Promover el cumplimiento de sus normas y programas de seguridad y salud en el trabajo por parte de las empresas con las que operan y mantienen relaciones.
Artículo 17. Selección y evaluación
17.1. Werlax mantendrá programas de selección rigurosos y objetivos, basados únicamente en los méritos académicos, personales y laborales de los candidatos y en las necesidades de la sociedad.
17.2. Los empleados serán evaluados de forma rigurosa y objetiva, en función de su rendimiento laboral individual y colectivo.
17.3. Los trabajadores participarán en la definición de sus objetivos y conocerán las evaluaciones que se hagan de los mismos.
Artículo 18. Formación
18.1. Se fomentará la formación de los empleados mediante programas de formación que promuevan la igualdad de oportunidades y el desarrollo profesional en consonancia con la consecución de los objetivos de la sociedad.
18.2. Los empleados se comprometen a actualizar continuamente sus conocimientos técnicos y de gestión y a aprovechar los programas de formación de la empresa.
Capítulo IV. El entorno de la empresa
Artículo 19. Clientes
19.1. Werlax, aplicando en todo caso normas de transparencia, información y protección, se compromete a ofrecer una calidad de servicios y productos igual o superior a los requisitos y estándares de calidad establecidos por la ley, compitiendo en el mercado y realizando actividades de marketing y ventas basadas en los méritos de sus productos y servicios.
19.2. En este sentido, garantizará la confidencialidad de los datos de sus clientes, comprometiéndose a no cederlos a terceros, salvo consentimiento del cliente o por obligación legal o en cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas.
19.3. La recogida, uso y tratamiento de los datos personales de los clientes se realizará de forma que se garantice el derecho a la intimidad y el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos de carácter personal, así como los derechos reconocidos a los clientes por la legislación de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y demás disposiciones aplicables.
19.4. En las relaciones precontractuales o contractuales con los clientes, se fomentará la transparencia y se informará sobre las distintas alternativas existentes, especialmente en lo que se refiere a servicios y productos.
19.5. Los empleados evitarán cualquier tipo de interferencia o influencia de clientes o terceros que pueda alterar su imparcialidad y objetividad laboral y no recibirán ningún tipo de remuneración (monetaria o en especie) de clientes o, en general, de terceros, por servicios relacionados con la propia actividad de Werlax.
Artículo 20. Proveedores
20.1. La empresa adecuará los procesos de selección de proveedores a criterios de objetividad e imparcialidad y evitará cualquier favoritismo en su selección.
20.2. Los empleados que tengan acceso a los datos personales de los proveedores deberán mantener la confidencialidad de dichos datos y cumplir lo dispuesto en la legislación sobre protección de datos personales, en la medida en que sea aplicable.
20.3. La información facilitada por los empleados de la empresa a los proveedores deberá ser veraz y no engañosa.
Artículo 21. Competidores
21.1. Werlax se compromete a competir lealmente en los mercados y no realizará publicidad engañosa o despectiva hacia sus competidores o terceros.
21.2. La obtención de información de terceros, incluida la información sobre la competencia, se llevará a cabo de forma lícita.
21.3. Se fomentará la libre competencia en beneficio de los consumidores y usuarios.
Artículo 22. Empresa
22.1. Las relaciones con las autoridades, organismos reguladores y administraciones públicas se basarán en los principios de cooperación y transparencia.
22.2. Werlax informará de forma veraz, adecuada, útil y congruente sobre sus programas y actuaciones. La transparencia informativa es un principio básico que debe regir la actuación de los empleados.
22.3. La información económica y financiera, en particular las cuentas anuales, ofrecerá una imagen fiel de la situación económica y financiera y del patrimonio, de conformidad con los principios contables generalmente aceptados y las normas de información financiera aplicables.
22.4. Werlax expresa su firme compromiso con los principios de responsabilidad social corporativa como marco integrador de sus programas y acciones con empleados, clientes, proveedores y todas las partes interesadas con las que se relaciona.
22.5. Asimismo, Werlax declara su firme compromiso con los principios de la política de prevención de delitos, contra el fraude y, en particular, con la no realización de prácticas que puedan considerarse irregulares en el desarrollo de sus relaciones con clientes, proveedores, competidores, autoridades, etc., incluidas las relacionadas con el blanqueo de capitales.
22.6. En todo caso, la actividad de Werlax se regirá siempre por la voluntad de cumplir la normativa y en ningún caso se tolerarán conductas que supongan infracción o fraude de Ley.
Capítulo V. Disposiciones adicionales
Artículo 23. Régimen disciplinario Régimen disciplinario
23.1. La empresa desarrollará las medidas necesarias para la aplicación efectiva del Código Ético.
23.2. Nadie, independientemente de su nivel o cargo, está autorizado a solicitar o autorizar a un empleado a cometer un acto ilegal o contrario al Código Ético. A su vez, ningún empleado puede justificar una conducta impropia o ilegal o contraria al Código Ético basándose en una orden de un superior.
23.3. Cuando Recursos Humanos determine que un empleado de la empresa ha realizado actividades contrarias a lo dispuesto en la ley o en el Código Ético, la aplicación de medidas disciplinarias tendrá lugar de acuerdo con el régimen sancionador previsto en el convenio colectivo de la empresa a la que pertenezca el empleado o en la legislación laboral aplicable.
Artículo 24. Actualización
24.1. El Código Ético se revisará y actualizará periódicamente, teniendo en cuenta las sugerencias y propuestas de los empleados y directivos de Werlax.
24.2. Cualquier revisión o actualización que suponga una modificación del Código Ético requerirá la aprobación del Órgano de Administración de Werlax.
Artículo 25. Aceptación
25.1. Los empleados de Werlax aceptan expresamente las normas de conducta establecidas en el Código Ético.
25.2. Los empleados que se incorporen o pasen a formar parte de la empresa en el futuro deberán aceptar expresamente los principios y normas de conducta establecidos en el Código Ético.
25.3. El Código Ético se adjuntará a los contratos de trabajo de todos los empleados de Werlax.
25.4. El Código Ético de Werlax se anexará, en la medida de lo razonable y posible, a los contratos que se firmen con proveedores y colaboradores, especialmente aquellos que se consideren críticos en la normativa de desarrollo o que dicha adhesión o aceptación se realice por referencia al mismo.
25.5. El Código Ético de Werlax será comunicado públicamente a través de su página web y en todo momento deberá comunicar la versión vigente indicando la fecha de actualización.
Artículo 26. Aprobación
26.1. El Código Ético fue aprobado en su primera versión en la reunión del Consejo de Administración, en la sesión celebrada el 9 de octubre de 2024.
Girona, 9 de octubre de 2024